Estimados Clientes y Amigos
Con el gusto de saludarles, espero se encuentren bien ustedes y sus familias, les compartimos que el día 29 de julio de 2021 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer a través el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria.
Dentro de lo más relevante se advierte que la Administración General de Aduanas además de las funciones especificadas en el artículo 19 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se confieren las atribuciones que a continuación se señalan:
Administración General de Aduanas:
1. Otorgar y cancelar las autorizaciones a que se refiere el artículo 16, párrafo primero de la Ley Aduanera; el cual se refiere a la autorización de los particulares para prestar servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios necesarios para el despacho aduanero, inclusive las relacionadas con otras contribuciones.
2. Las previstas en el artículo 40, fracciones VII y L, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; donde se delegan facultades para asesorar a las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria e instrumentar el desarrollo de los asuntos relacionados con los fidecomisos públicos, verificar el cumplimiento de los acuerdos emitidos por sus órganos de gobierno, elaborar y dar seguimiento a los proyectos financiados con recursos de los fideicomisos públicos.
Así mismo es importante señalar que las atribuciones otorgadas en el acuerdo en comento entraran en vigor al día siguiente de su publicación.
Leer más https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625172&fecha=29/07/2021
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