Estimados Clientes y Amigos
Con el gusto de saludarles, espero se encuentren bien ustedes y sus familias, les compartimos Hoja Informativa No. 22 del día 06 agosto de 2021 emitida por VUCEM, Operaciones de Comercio Exterior que no están obligadas a activar el MSA con dispositivo tecnológico de conformidad con la regla 2.4.11., penúltimo párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
Medularmente se indica que en observancia a lo dispuesto en la citada regla, se comunican las operaciones de comercio exterior que no están obligadas a presentar el pedimento o aviso consolidado, en dispositivo tecnológico:
Las operaciones de comercio exterior realizadas por las siguientes aduanas y secciones aduaneras:
Puente Internacional Zaragoza-Isleta y San Jerónimo-Santa Teresa, secciones aduaneras de la Aduana de Ciudad Juárez; Aduana de Matamoros, Lucio Blanco-Los Indios sección aduanera, de la Aduana de Matamoros; Aduana de México; Aduana de Nogales; Aduana de Ojinaga; Aduana de Puerto Palomas, Aduana de Piedras Negras; Aduana de Ciudad Reynosa; Aduana de Ciudad Miguel Alemán; Aduana de Ciudad Hidalgo; Aduana de Tecate; Aduana de Tijuana; Aduana de Ciudad Acuña; Aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; Aduana de Guadalajara; Terminal Intermodal Ferroviaria, sección aduanera de la Aduana de Guadalajara; Aduana de Colombia; Aduana de Ciudad Camargo y Aduana de Guanajuato.
Hasta en tanto no se comunique lo contrario, en estas aduanas se podrá presentar el Documento de Operación para Despacho Aduanero o el dispositivo tecnológico para la activación del mecanismo de selección automatizado.
Leer más …
Hojas informativas (ventanillaunica.gob.mx)
|
Deja un comentario